Fue Constituida el día 25 del mes de Noviembre del año de 1991, de acuerdo al Código Civil vigente del Estado de Nuevo León, otorgando previamente la Secretaría de Relaciones Exteriores el permiso correspondiente y con aprobación de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Este organismo está integrado por Profesionistas en Valuación con diversas especialidades, con calidad técnica y humana.
El Valuador Inmobiliario, con su diaria labor sustentada con honorabilidad, capacidad, técnica, estudios y análisis del valor de los bienes inmuebles que expresa en los dictámenes de sus avalúos, que pueden representar entre otros el patrimonio familiar, comercial, municipal y estatal que, es parte fundamental de la actividad económica que se lleva a cabo en nuestro país, tal como es el desarrollo inmobiliario, empresarial industrial, etc.; apoyando con su trabajo profesional la correcta valuación de bienes en garantía para la obtención de créditos, fianzas, seguros, valuación catastral y otros.
Somos una Asociación asentada sobre un crecimiento sostenido y preocupada en ofrecer confiabilidad, seguridad y calidad en Valuación integral
Hacer del COLEGIO Y ASOCIACIóN DE VALUADORES DE NUEVO LEON A.C. El grupo de mayor éxito a nivel nacional e internacional, reconocida por la confiabilidad de nuestro trabajo y la alta calidad de sus socios.
Compromiso ante la sociedad, proyectado en un trabajo flexible y dedicado, con seguimiento personalizado y optimización de recursos.
Este cádigo tiene como finalidad despertar la conciencia del
profesional para que en desempeño de su trabajo se desenvuelva en un
ámbito de legitimidad y autenticidad, en beneficio de la sociedad, fundado
en el ejercicio profesional honesto.
Para alcanzar este objetivo es necesario contribuir solidariamente a
proteger los valores que propicien una vida digna, justa e igualitaria, pero
también se debe estar convencido del compromiso que se contrae al recibir
el titulo que lo acredita para el ejercicio profesional.
Como las normas éticas proceden del propio sujeto y su aplicacián se
realiza de manera individual, se debe señalar que como consecuencia de
una mala práctica profesional se enfrenta el alejamiento de sus colegas o
trabajadores, así como el aislamiento y desprestigio ante la comunidad.
La fuente donde nacen las normas éticas es la propia conciencia del
profesional produciendo actos y comportamientos dignos, virtuosos,
honorables y trascendentes. Su cumplimiento es sancionado por su
conciencia y por la sociedad.
1. Pondrá todos sus conocimientos científicos, recursos técnicos y
humanos en el desempeño de su profesión.
2. Se conducirá con justicia, honestidad, diligencia, lealtad, respeto,
formalidad, discrecionalidad, responsabilidad, sinceridad, probidad,
dignidad y buena fe.
3. Responderá por sus actos que, con motivo del ejercicio profesional,
dañen o perjudiquen a terceros o al patrimonio cultural protegido
por la ley.
4. No se asociara profesionalmente con persona alguna que no tenga
cedula para el ejercicio profesional, ni dejara que esta utilice su
nombre o cedula y si le auxilian pasantes o estudiantes de la
materia, será bajo su estricta responsabilidad.
5. Prestara sus servicios en forma imparcial y los mantendrá al
margen de cualquier tendencia religiosa, xenofóbica, racial elitista,
sexista o política.
6. Ofrecerá los servicios profesionales de acuerdo a su capacidad
científica y técnica. Esta circunstancia debe observarse en la
publicidad que por cualquier medio haga de sus servicios.
7. Respetara las personas y al trabajo de sus colegas de profesión;
consecuentemente evitara lesionar el buen nombre y el prestigio de
sus compañeros ante autoridades, clientes y otros profesionales.
8. Dara crédito profesional o técnico a sus colegas, asesores y
trabajadores por la intervención de estos en los asuntos,
investigaciones y trabajos elaborados en conjunto.
9.- Evaluara todo trabajo profesional realizado desde una perspectiva
objetiva y crítica.
10. Repartirá de una manera justa los frutos del trabajo realizado en
colaboración con sus colegas, asesores y trabajadores.
11. No intervendrá en los asuntos en donde otro profesional este
prestando sus servicios, salvo que el cliente y el otro colega lo
autoricen para tal efecto.
12. Mantendrá una relación profesional con sus clientes, independiente
de cualquier otra relación que lo una a ellos.
13. Sera honesto, leal y se conducirá con verdad ante su cliente, y deberá
además comunicarle los riesgos cuando así existan en atención a sus
servicios.
14. Respetara el servicio de la voluntad de las partes, fijando y cobrando
sus honorarios en relación a la proporcionalidad, importancia,
tiempo y grado de especialización requerida para que los resultados
del caso sean positivos para su cliente.
15. Renunciara al cobro de sus honorarios si los trabajos que realizo no
fueron elaborados de acuerdo con lo requerido en el caso particular
de que se trate o haya incurrido en negligencia profesional.
16. Se mantendrá actualizado en los avances científicos y tecnológicos
de su ciencia profesional para brindar un servicio de calidad total y
mejora continua.
17. Contribuirá al desarrollo de su profesión mediante la investigación,
realizada con apego a normas metodológicas y científicas, y cuando
sea posible, con el ejercicio de la docencia.
18. Pondrá en alto el prestigio de su profesión en todo lugar y momento.
19. Brindara servicio social profesional por convicción solidaria y la
búsqueda del bien común.
20.Respetara las tradiciones, costumbres y en general todos los aspectos
culturales de los diversos grupos que conforman a la nación
mexicana.
21. Pondrá desinteresadamente a disposición de los gobiernos federal,
estatal y municipal sus servicios profesionales cuando ocurran
circunstancias de emergencia para la comunidad.
22. Participara activamente en su entorno social, difundiendo la cultura
y valores nacionales.
23. Buscara el equilibrio entre la conservación de los recursos naturales
y el medio ambiente, atendiendo a los derechos de las generaciones
futuras.
24.Prometerá en su juramento profesional al ser titulado, por su honor,
poner todos sus conocimientos y experiencia al servicio de quien se lo
solicite, defendiendo con fortaleza los derechos del hombre y
enalteciendo con sus actos la profesión a la cual pertenece.
25. Estará de acuerdo en que de faltar a su conciencia ética y al
comportamiento coherente con las normas de este código y mediante
el conocimiento que se la haga por la ASOCIACIóN DE
VALUADORES DE NUEVO LEóN A.C A que la comunidad científica y la sociedad se lo reclamen y lo sancionen según el caso
con base en los estatutos de nuestra asociación.
Copyright 2024 All Rights Reserved. Free html Templates